Pasaportes

La información ofrecida en esta pàgina es meramente a título orientativo.

Consulte los requisitos específicos del país donde piense viajar con su mascota y acuda al veterinario.

Viajes al extranjero con la mascota

Si ha previsto viajar al extranjero con la mascota, es conveniente que se informe bien de todos los requisitos para no tener ningún imprevisto.

El 3 de julio de 2004 entró en vigor el Reglamento 998/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo de 26 de mayo de 2003 sobre los requisitos relativos la salud animal aplicables al movimiento de animales de compañía sin fines comerciales.

El reglamento se aplica a los desplazamientos de perros, gatos y hurones de un estado miembro a otro o procedentes de países terceros, los cuales habrán de ir acompañados de un Pasaporte Europeo de Mascotas.

Los perros, gatos y hurones deben estar identificados con microchip e ir acompañados de un certificado incluído en el pasaporte para animales de compañía, expedido por un veterinario colegiado autorizado, en el cual conste que han sido vacunados contra la rabia.

Algunos países exigen requisitos específicos como Finlandia, Noruega, Malta, Irlanda o el Reino Unido.

Para más información consulte la sección Viajar con animales de compañía del Ministerio de Agricultura español.